CARTA PORTE 3.0
Conoce los nuevos cambios en el complemento .
El Complemento de Carta Porte se ha actualizado
Te recordamos que la entrada en vigor de forma obligatoria del Complemento de Carta Porte versión 2.0 fue el 01 de enero 2022, y desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, se definió como periodo de transición para emitir correctamente el complemento Carta Porte en su versión 2.0, sin que se apliquen multas ni sanciones.
EL 25 de septiembre de 2023 a través de su página por internet, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha lanzado la nueva versión 3.0 del complemento Carta Porte.


¿Cuándo inicia la vigencia de la Carta Porte 3.0?
La entrada en vigor de la actualización del complemento Carta Porte versión 3.0 será el 25 de noviembre de 2023.
No olvides que los cambios mencionados para esta fecha son diferentes a la emisión de la carta porte sin errores y que iniciará la aplicación de multas y sanciones el 01 de enero 2024
CONOCE LOS CAMBIOS
Es importante que consideres los cambios que esta nueva versión trae consigo y que sustituyen a la versión anterior del Complemento Carta Porte.
Aquí te compartimos los cambios incorporados esta nueva versión mismos que se convertirán próximamente en obligatorios para los transportistas.
A) SECCIÓN CARTA PORTE
Cambio de versión de 2.0 a 3.0
Modificación del valor del prefijo.
Incorporación de nuevos atributos
idCCP
Atributo requerido para expresar los 36 caracteres del folio
del complemento Carta Porte (IdCCP) de la transacción de
timbrado conforme al estándar RFC 4122, para la
identificación del CFDI con complemento Carta Porte.
Régimen aduanero y validación adicional.
Atributo condicional para expresar el tipo de régimen que
se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o
mercancías de procedencia extranjera.
RegistroISTMO
Atributo opcional para registrar las regiones, sí el traslado
de los bienes y/o mercancías se realiza al interior de los
Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de
Tehuantepec.
UbicacionPoloOrigen
Atributo condicional para registrar la región en donde inicia
el traslado de los bienes y/o mercancias al interior de los
Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de
Tehuantepec.
UbicacionPoloDestino
Atributo condicional para registrar la región en donde
termina el traslado de los bienes y/o mercancias al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de
Tehuantepec.
B) SECCIÓN MERCANCÍAS
LogisticaInversaRecoleccionDevolucion
Atributo condicional para expresar si se hace uso de alguno
de los servicios de logística inversa, recolección o
devolución para el traslado de los bienes y/o mercancías.
Elemento: Mercancia
Nodo requerido para registrar detalladamente la información de los
bienes y/o mercancías que se trasladan en los distintos medios de
transporte.
SectorCOFEPRIS, cuando se registre alguna clave del catálogo c_SectorCOFEPRIS, se deberán realizar las
validaciones adicionales para cada clave seleccionada.
NombreIngredienteActivo
NombreQuimico
DenominacionGenericaProd
DenominacionDistintivaProd
Fabricante
FechaCaducidad LoteMedicamento
FormaFarmaceutica
CondicionesEspTransp
RegistroSanitarioFolioAutorizacion
PermisoImportacion FolioImpoVUCEM
NumCAS RazonSocialEmpImp
NumRegSanPlagCOFEPRIS
DatosFabricante
DatosFormulador
DatosMaquilador
UsoAutorizado
TipoMateria
DescripcionMateria
Se sustituye la sección de Pedimento por la sección de DocumentacionAduanera:
TipoDocumento
NumPedimento
IdentDocAduanero
RFCImpo
C) SECCIÓN AUTOTRANSPORTE
Nodo IdentificacionVehicular
Nodo requerido para registrar los datos de identificación del
autotransporte en el que se trasladan los bienes y/o mercancías.
PesoBrutoVehicular
Atributo requerido para indicar en toneladas el peso bruto
vehicular permitido del autotransporte de acuerdo a la
NOM-SCT-012-2017 que es utilizado para realizar el
traslado de los bienes y/o mercancías.
Se cambia condición de opcional a obligatorio
a. Sección FiguraTransporte nodo TiposFigura para el atributo NombreFigura
4. Se agregan 7 nuevos catálogos:
a. c_RegimenAduanero
b. c_RegistroISTMO
c. c_SectorCOFEPRIS
d. c_FormaFarmaceutica
e. c_CondicionesEspeciales
f. c_TipoMateria
g. c_DocumentoAduanero
C) SECCIÓN TRANSPORTE AÉREO
DESCRIPCIÓN
Nodo condicional para registrar la información que permita la
identificación del transporte aéreo por medio del cual se trasladan los
bienes y/o mercancías.
Longitud Mínima 5
Longitud Máxima 11
Incorporación de nuevos atributos
PermSCT
Atributo requerido para registrar la clave del permiso
proporcionado por la Secretaría de Infraestructura,
Comunicaciones y Transportes (SICT), o la autoridad
análoga, la cual debe corresponder con la aeronave que se
está utilizando para realizar el traslado de los bienes y/o
mercancías por vía aérea.
NumPermisoSCT
Atributo requerido para registrar el número de permiso o
valor análogo proporcionado por la Secretaría de
Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), o la
autoridad análoga, según corresponda, para el transporte
de bienes y/o mercancías por vía aérea.
Patrón
MatriculaAeronave
Atributo opcional para registrar el número de la matrícula
de la aeronave con la que se realiza el traslado de los
bienes y/o mercancías en territorio nacional el cual tiene
una longitud de 10 posiciones y se compone de valores
alfanuméricos, más el carácter especial denominado guion
medio “-“.
Se incorporaron nuevos catálogos
c_RegimenAduanero
c_RegistroISTMO
c_SectorCOFEPRIS
c_FormaFarmaceutica
c_CondicionesEspeciales
c_TipoMateria c_DocumentoAduanero
Consulta toda la información referente a Complemento de Carta Porte y descarga la documentación en la página Carta Porte del SAT.