SERVICIO DE TRASLADO DE FONDO DE VALORES

Para el cumplimiento en lo establecido en la regla 2.7.7.1.4. de la RMF para 2023, las personas que presten el servicio de traslado de fondos y valores, podrán
emitir un CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte que ampare la totalidad del servicio por cada cliente donde se registre alguna de las
siguientes claves:
• 84121806 “Servicios de custodia de valores”.
• 92121800 “Servicios de carros blindados y transporte de valores”.
• 92121801 “Servicio de carros blindados”.
• 92121802 “Servicio de transporte de dinero”.

Posteriormente, para amparar el traslado de fondos y valores se deberá emitir
un CFDI de tipo traslado con complemento Carta Porte, siempre que en dicho
comprobante se relacione el CFDI de tipo ingreso emitido por la prestación del
servicio, con el cual se podrá amparar el traslado de fondos y valores con la
representación impresa, en papel o en formato digital.