SERVICIOS DE MUDANZA

Los contribuyentes que presten el servicio de mudanza deberán emitir un CFDI (factura) de tipo Ingreso con complemento Carta Porte, por el servicio
prestado a cada cliente, en el cual se deberá registrar la clave de servicio 78101804 con descripción Servicios de reubicación y en caso de trasladar
cajas y/o bolsas con pertenecías del cliente se podrá registrar la clave 31181701 con descripción Empaques misma que cuenta con las siguientes palabras
similares Embalaje, Paquetería, cajas y/o bolsas para mudanza.

Cuando se tenga la certeza de que se transitará por alguna vía de
jurisdicción federal, se deberá emitir un CFDI (factura) de tipo Ingreso
con complemento Carta Porte, de acuerdo a lo establecido en la regla
2.7.7.1.1. de la RMF para 2023.

En caso de realizar traslados locales no se está obligado a emitir CFDI
con complemento Carta Porte, además si se utilizan vehículos de carga
con características que no excedan los pesos y dimensiones de un
camión tipo C2 de conformidad con la NOM-012-SCT-2-2017 o la que la
sustituya, se entenderá que no se transita por tramos de jurisdicción
federal, a que se refiere la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte
Federal y su Reglamento, siempre que en su trayecto la longitud del
tramo federal que se pretenda utilizar no exceda de un radio de
distancia de 30 kilómetros, los cuales se computarán entre el origen
inicial y el destino final, incluyendo los puntos intermedios del traslado.